El Consejo de Ministros, tras una reunión de más de siete horas, ha aprobado este sábado la declaración de estado de alarma en todo el territorio para contener la pandemia del coronavirus, con medidas de severa restricción al movimiento de personas y la actividad económica, salvo casos de fuerza mayor, a partir del lunes.
El real decreto para contener la propagación del COVID-19 establece limitaciones al movimiento -salvo para ir a trabajar, comprar alimentos o medicamentos, acudir a hospitales o cuidar a ancianos o personas dependientes- y la actividad comercial, permite al Estado asumir competencias de otras administraciones y disponer de medios sanitarios públicos, privados y militares. Entrará en vigor a las 8 de la mañana del próximo lunes 16 de marzo.
1. El apoyo a los trabajadores
2. La flexibilidad para evitar los despidos
3. El apoyo a las empresas
4. Y el apoyo a la investigación de la vacuna.
1. Quedará exenta a esta medida la posibilidad de ir a comprar los bienes de primera necesidad a los supermercados.
2. Los ciudadanos podrán ir a por medicamentos en las farmacias.
3. Estarán exentas las personas que tengan que salir a trabajar obligatoriamente.
4. También podrán salir de sus viviendas las personas que tengan que asistir a centros sanitarios.
5. Y estarán exentos los cuidadores de las personas mayores, por ser este un grupo de riesgo.
6. Y el retorno a su vivienda habitual.
7. Circulación a las entidades bancarias y de seguros.
8. Circulación de los vehículos particulares para estas actividades. Deberán respetarse las obligaciones.